¿La DGT puede emitir una multa sin identificar al conductor?
Las multas de tráfico están a la orden del día, sobre todo desde la incorporación de los radares en carreteras y autopistas que son cada vez más numerosos y sofisticados. Éstos imponen multas cada día a miles de conductores de toda España y ¿cuál es la razón principal? El exceso de velocidad. Aunque la polémica está servida, ¿puede poner una multa la DGT sin identificar al conductor? Hay sorpresas al respecto
A falta de conocer los datos correspondientes al 2020, haremos referencia a los datos del año anterior. En 2019 la Dirección General de Tráfico (DGT) recaudó la gran cantidad de 4,6 millones de euros únicamente en multas. Una cifra que fue hasta un 10% superior respecto a la del año previo. Debido a los diferentes confinamientos sufridos durante el 2020, la cifra se espera mas baja, pero no por ello menos importante. Sin embargo, una sentencia podría cambiarlo todo.
Este suceso ocurrió en Madrid, un conductor circulaba por una carretera sin tener en cuenta la existencia de controles ni, por supuesto, la velocidad máxima de dicha vía. Su vehículo circulaba a 160 kilómetros por hora, cuando lo permitido eran 120. Este conductor fue interceptado por un helicóptero de la DGT que pidió a Tráfico que lo detuviese para su identificación. En el caso de negativa por parte del conductor, la multa sería de 300 euros.
Ni una cosa ni la otra: el conductor se negó a identificarse y lo dejó todo en manos de su abogado para que éste recurriera la sanción económica. Al menos hasta ahora, si el conductor no se identificaba a petición de Tráfico, debía pagar el importe de la multa de forma íntegra, y sin beneficiarse de la reducción del 50% por pago dentro del periodo voluntario.
Además, dicho exceso de velocidad del coche iba acompañado de la retirada ipso facto de 2 puntos del carnet de conducir. El abogado presentó las alegaciones oportunas y, finalmente, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid ya se conoce como histórica